Comisión asesora de la defensora universitaria
Esta comisión está regulada en el artículo 10 del Reglamento de la defensora universitaria.
Está compuesta por:
- Un representante del PDI y su correspondiente suplente
- Un representante del alumnado y su correspondiente suplente
- Un representante del PAS y su correspondiente suplente
Funciones
- El defensor o defensora universitario actúa de oficio o la instancia de parte en relación con las solicitudes, quejas, sugerencias y observaciones que sean susceptibles de necesitar su amparo, formuladas por cualquier miembro de la comunidad universitaria.
- La defensora o defensor universitaria también podrá desempeñar una labor mediadora a efectos de solucionar un conflicto que afecte a miembros de la comunidad universitaria.
Miembros
- PDI
Carmen Ruíz Hidalgo
Suplente: M.ª Ainoa Zabalza Cerdeiriña - PAS
Rosa María Graña Costas
Suplente: Antonia Melón Amor
- Estudantado
Miguel Fernández Simoes
Suplente: Andrés Lois Graña Sánchez