Juntas de centro
La junta de escuela o de facultad es el órgano de representación, decisión y gobierno de cada centro
Cada junta de centro, en los términos que establezcan los estatutos, elige a la persona decana o directora del centro, de entre el profesorado que tenga vinculación permanente a la universidad, adscrito al centro. De las juntas de centro dependen cometidos cruciales como el debate y aprobación de la propuesta de distribución del presupuesto anual de cada centro y de su ejecución, así como la implantación y seguimiento de los planes de estudios.
Funciones
Son funciones de la Junta de Centro:
- Elaborar, aprobar y modificar la propuesta de su reglamento de régimen interno y de otros reglamentos de carácter organizativo considerados necesarios.
- Elegir y revocar a la decana o decano o la directora o director.
- Aprobar la propuesta de distribución del presupuesto anual del centro y su ejecución.
- Implantar y seguir los planes de estudios
- Cuidar del buen funcionamiento de todos los órganos y servicios del centro.
- Preparar y coordinar, de modo eficaz y adecuado, el horario de las distintas materias, cursos monográficos, cursos de especialización, pruebas parciales y finales, y la distribución de aulas y servicios y de enseñanzas complementarias
- Habilitar medidas de control para cumplir las obligaciones docentes.
- Distribuir los espacios que le sean asignados.
- Aprobar y ejecutar el sistema de garantía de calidad.
- Aquellas otras que le puedan atribuir estos estatutos y otra normativa vigente.