El Claustro
El Claustro de la universidad es el máximo órgano de representación y control de la comunidad universitaria
El Claustro debe servir de ámbito para la formulación de interpelaciones al rector o rectora y a los miembros de su equipo, así como al resto del Consejo de Gobierno.
Funciones del Claustro
- Elaborar, aprobar y modificar los estatutos de la Universidad.
- Aprobar su reglamento de régimen interno y otros previstos en estos estatutos como desarrollo de los contenidos de sus títulos I e II.
- Convocar, con carácter extraordinario, elecciones a rectora o rector en los términos fijados en estos estatutos.
- Crear las comisiones que considere oportunas y elegir a sus miembros.
- Elegir a los y las representantes en el Consejo de Gobierno y en las comisiones específicas no delegadas, cuando así se especifique en los propios estatutos.
- Elegir y, en su caso, revocar a la defensora o defensor universitario, aprobar su reglamento y recibir y aprobar su informe anual.
- Informar preceptivamente sobre la propuesta de creación, modificación o supresión de centros y de unidades docentes y de I+D+i.
- Aprobar las normas relativas al régimen disciplinario de los miembros de la comunidad universitaria.
- Conocer y debatir las líneas estratégicas, programáticas y presupuestarias de la Universidad.
- Conocer y debatir los informes que deba presentar la rectora o rector.
- Informar preceptivamente sobre las funciones correspondientes al Consejo de Gobierno recogidas en los apartados i), k) y l) del artículo 16.
- Cuantas otras funciones le atribuyan los estatutos o la legislación vigente.
Composición
Son miembros natos del Claustro:
- La rectora o rector
- La secretaria o secretario general
- La gerenta o gerente
- Las decanas o decanos y directoras o directores de facultades y de escuelas
El conjunto de los miembros natos y electos deberá respectar la siguiente distribución por sectores:
- 51 %: profesorado doctor con vinculación permanente (PDI-A)
- 9 %: resto del personal docente e investigador (PDI-B)
- 25 %: estudiantado
- 15 %: personal de administración y servicios (PAS)